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25 de agosto de 2025
Bicicletas. “Está prohibido que circulen por la ruta”

El debate sobre la circulación de ciclistas en rutas no es novedad, pero es un tema que se reitera. En los últimos días, un camionero que circulaba por Ruta Nº 5 reabrió el debate. ¿Qué dice la Ley Nacional de circulación vial al respecto?
Recientemente se viralizó un video de un camionero cuestionando la circulación de ciclistas en rutas. En la grabación, el hombre comenta que circula por la ruta Provincial Nº 5 de La Rioja y en el camino observó distintos grupos de ciclistas. Molesto porque debe reducir la velocidad para el sobrepaso de los mismos, dijo: “Está prohibido que circulen por ruta y van como si nada”. “Esta es una ruta angosta, yo vengo a 75 kilómetros por hora y si viene alguien de frente, debo disminuir a 40 km/h para poder sobrepasarlos. Es un peligro y molestan”, agregó.
Pero, ¿es cierto que está prohibida la circulación en bicicleta por las rutas?
En Argentina, la Ley Nación que se refiere a la circulación vial es la Nº 24.449, sobre la circulación de bicicletas establece que pueden circular sobre la calzada toda persona mayor de 12 años, siempre por la derecha, con la única excepción de superar vehículos detenidos o más lentos y respetando todas las normas de tránsito.
Además, indica que, en el caso de calles y avenidas que cuenten con ciclovías o bicisendas, la circulación debe ser exclusivamente por ellas. Si bien no hay información pública precisa que indique cuántas ciclovías y bicisendas hay en la ciudad Capital, las que se usan actualmente son: ciclovías en la avenida Félix de la Colina, avenida 1º de Marzo/Independencia, en avenida 2 de Abril y 12 de Octubre, avenida Juan Manuel de Rosas y al principio de Mártires de la Dictadura, llamada usualmente circunvalación. También está la bicisenda de la avenida Carlos Saúl Menem, entre Ortiz de Ocampo y René Favaloro.
Los requisitos para la circulación son que la bicicleta debe tener: Un sistema de rodamiento, dirección y freno eficaz; espejos retrovisores en ambos lados; timbre, bocina o similar; guardabarros sobre ambas ruedas; luces, blanca para el frente y roja para la parte trasera. En cuanto a la persona que circula, debe contar con casco protector, ropa clara y que preferentemente no sea suelta; calzado que se afirme con seguridad a los pedales y señalización reflectiva, es decir chaleco refractante.
Para el traslado de otras personas, solo se permite llevar un niño o niña sentado en un asiento especial. En cuanto a carga debe estar ubicada en el portaequipaje, su peso no debe poner en riesgo la maniobra y estabilidad del vehículo y el tamaño de la misma no puede exceder la longitud del manubrio.
Respecto a los lugares prohibidos para circular en bicicleta, la Ley Nº 24.449 establece en su artículo Nº46 que no se puede circular en autopistas o semiautopistas, como tampoco se puede circular por la banquina. No hace mención a restricciones para la circulación sobre rutas. Sí, prohíbe el traslado por calles peatonales o veredas. También está prohibido conducir utilizando auriculares o sistemas de comunicación de operación manual continua.
El técnico universitario en Seguridad Vial, Pablo Godoy, detalló que la Ley Nº 24.449 fue modificada en el año 2004 mediante la Ley Nacional Nº 25.965, cuyas incorporaciones fueron tenidas en cuenta en lo expresado anteriormente.
¿Cuántas rutas nacionales hay en La Rioja?
En todo el territorio provincial pasan 11 rutas nacionales: Nº 38, que cruza la provincia conectando la ciudad de La Rioja con otras provincias; Nº 40, que atraviesa la provincia de norte a sur; Nº 60, bordea parte de la Capital y atraviesa el departamento Arauco; Nº 74, conecta Patquía con Nonogasta; Nº 75, une las ciudades de La Rioja y Aimogasta, pasando por la costa; Nº 76, que pasa por el oeste de la provincia, incluyendo el Parque Nacional Talampaya y llega hasta el límite con Chile; Nº 77, ingresa desde el este hasta Milagro; Nº 78, se ubica en el norte de la provincia siendo una de las conexiones con Catamarca; Nº 79, está al sur provincia y es uno de los accesos con San Luis; Nº 141, conecta la ciudad de Chepes con San Juan; Nº 150, se ubica desde Patquía hasta el límite con San Juan.
Las y los ciclistas pueden circular por las mismas siempre que no utilicen la banquina y respetando la normativa sobre las condiciones del rodado y lo referido a elementos de seguridad.
Conclusión
La Ley Nacional ni la Ley Provincial que adhiere a la normativa nacional establecen explícitamente alguna prohibición para la circulación en bicicleta por rutas, tanto nacionales como provinciales.
Sí está prohibido circular por autopistas o semiautopistas, sobre veredas, calles peatonales, la banquina de rutas y, en el caso de que la calle o avenida cuente con ciclovía o bicisenda, la circulación debe ser exclusivamente por allí.
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